La presunta víctima denunció que se había metido en su cama sin permiso y había abusado de ella
La Sección Tercera de la Audiencia de Málaga ha absuelto a un hombre que había sido acusado de agredir sexualmente a una mujer en una habitación compartida con más personas de un ‘hostel’ de la capital malagueña en diciembre de 2013.
Según la sentencia, la mujer denunció que el acusado se había metido en su cama sin permiso y había abusado de ella; «sin que se haya probado que tales hechos sucedieran», se indica, apuntando que «no se ha destruido la presunción de inocencia» del acusado, que negó haber tenido una relación inconsentida con la mujer.
La Sala señala en su resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, que la declaración de la denunciante «no tiene las exigencias» necesarias «para ser considerada prueba de cargo bastante» y «no cumple el requisito de verosimilitud que se exige», apuntando que no hay otras pruebas que corroboren lo denunciado.
Tanto la Fiscalía como la acusación particular, en representación de la mujer, solicitaban una condena de 12 años de prisión para el acusado; mientras que la defensa de éste, dirigida por el letrado José Ignacio Francés, ha mantenido la inocencia del hombre y pedido la absolución, tesis que ahora ha acogido el Tribunal.
Así, la Audiencia indica que tras las pruebas practicadas en el juicio y durante la instrucción «se estima que no ha quedado demostrado que el acusado fuera autor de la agresión sexual contra la mujer», apuntando a que la declaración de ésta «no cumple con el requisito de verosimilitud que se exige».
En este sentido, se indica que dicha declaración «no supera los umbrales de la lógica vulgar o la común experiencia», precisando la Sala que «parece lógico sostener que si alguien se mete en la cama de otra persona, sin saber ésta quien es, comience a gritar inmediatamente para ser oída por las otras personas» que estaban.
Además, se añade que «tampoco se ha constatado que su posición en aspectos esenciales haya sido inalterable», aludiendo a «contradicciones» entre las declaraciones realizadas por la denunciante en el juicio y en la instrucción, así como en relación con las realizadas por una amiga.
El apartado de hechos probados recoge, según las manifestaciones del dueño del hotel, que en la habitación había 12 o 13 camas, estando ese día al menos seis ocupadas; lo que la mujer y su amiga señalaron en la instrucción, mientras que ambas indicaron en el juicio que estaban ellas dos y otro chico.
Para la Sala esto es un dato «esencial», pues «la posibilidad de que se produjera una agresión sexual de la que la mujer se resistió y no fuera oída por las otras cinco o seis personas que compartían la estancia no resulta verosímil», se precisa en la resolución.
Asimismo, la Sala apunta que «no se entiende que si como le dice a su amiga había sido víctima de una agresión tan grave, decidieran irse a la playa y no denunciar inmediatamente los hechos», lo que hacen un día después por la noche. Además, los forenses no encontraron lesiones relacionadas con los hechos.
Desde la defensa del denunciado han lamentado que no se les haya aceptado a lo largo de todo el procedimiento «ni una sola de las solicitudes de prueba» realizadas para defender a su cliente.
Leer más:
-> en el artículo de prensa de – Diario Sur – «Absuelven al acusado de agredir a una mujer en un hostel de Málaga«.